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  El Administrador de Fincas | Acceso a la profesión

Normas de acceso al colegio

Artículo 12. Requisitos.

1. Para ejercer la profesión de Administrador de Fincas en el ámbito Territorial del Colegio de Extremadura, bastará la incorporación en cualquier Colegio de Administradores de Fincas, que será el del domicilio profesional único o principal, para ejercer en todo el territorio del Estado, sin que pueda exigirse por los Colegios en cuyo ámbito territorial no radique dicho domicilio habilitación alguna ni el pago de contraprestaciones económicas distintas de aquéllas que exijan habitualmente a sus colegiados por la prestación de los servicios de los que sean beneficiarios y que no se encuentren cubiertos por la cuota colegial. Lo anterior se entiende sin perjuicio de que los Estatutos Generales o, en su caso, los autonómicos puedan establecer la obligación de los profesionales que ejerzan en un territorio diferente al de colegiación de comunicar a los Colegios distintos a los de su inscripción la actuación en su ámbito territorial.

Si bien será requisito necesario la comunicación individual del Administrador y por escrito, que pretenda actuar dentro del ámbito territorial de este Colegio a la Secretaría del mismo.

2. Para incorporarse, deberán cumplirse los siguientes requisitos:

a) Ser de nacionalidad española, o de alguno de los países miembros de la Unión Europea.
b) Ser mayor de edad.
c) Cumplir los requisitos previstos estatutariamente para estar en posesión del título de Administrador de Fincas, los cuales son los siguientes:

1.º Directamente, sin otro requisito que acreditar hallarse en posesión del correspondiente título de Licenciados en Derecho, en Ciencias Políticas, Económicas y Comerciales, en Ciencias Empresariales, en Administración y Dirección de Empresas, en Arquitectura, en Ciencias Químicas, Diplomados en Ciencias Empresariales, Profesores Mercantiles, Procuradores de los Tribunales de Justicia, Ingenieros Agrónomos, Ingenieros de Montes, Veterinarios, Ingenieros Técnicos Agrícolas, Ayudantes de Montes, Ingenieros Técnicos Forestales, Arquitectos Técnicos, Graduados Sociales y Diplomados en Relaciones Laborales, Ingenieros Técnicos de Obras Públicas, Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos, Ingenieros Industriales e Ingenieros Técnicos Industriales, Ingenieros de Minas, Licenciados en Geografía e Historia, Licenciados en Ciencias Físicas, Graduados en Finanzas y Contabilidad, Ingenieros Técnicos en Topografía, Ingenieros en Informática, Ingenieros Técnicos de Telecomunicación, Ingenieros de Telecomunicación, Licenciados en Sicología, Ingenieros Técnicos Navales, Licenciados en Filosofía y Ciencias de la Educación, Diplomados en Empresas y Actividades Turísticas, Diplomados en Gestión Comercial y Marketing, Ingenieros Técnicos en Explotación de Minas, Diplomados en Matemáticas y Licenciados en Matemáticas.  

2.º Acreditando la posesión de un Título académico en Estudios Inmobiliarios de al menos tres cursos de duración, expedido por una Institución Universitaria que haya concertado Convenio al efecto con el Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas.

d) Carecer de antecedentes penales que inhabiliten para el ejercicio profesional.
e) Satisfacer la cuota de ingreso, la fianza exigible a los colegiados ejercientes y las demás obligaciones económicas establecidas.
f) Acreditar y cumplir cuantas obligaciones fiscales o de cualquier tipo sean exigibles legalmente para el ejercicio profesional.

3. La condición señalada en el apartado a) del número anterior, podrá dispensarse a los nacionales de otros países cuando los tratados correspondientes les autoricen legalmente a establecerse en el territorio español y reconozcan el derecho recíproco de los Administradores españoles, o en los casos que legalmente quede establecido.

Administrativas

1.- Solicitud por duplicado en modelo oficial.

2.- Fotocopia del Título compulsada por el Colegio donde se presenta la instancia o, en su defecto, certificación académica y justificante de haber abonado las tasas para la expedición del Título que se hace constar en el anverso.

3.- Tres fotografías.

4.- Declaración de no estar incurso en inhabilitación (margen izquierdo).

5.- Diligencia del Colegio certificando el alta del nuevo colegiado/a (margen derecho).

 

Económicas

1.- La cuota de entrada que tenga establecida el Colegio (289 €) y la cuota de tramitación y expedición del título profesional del Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas de Extremadura (254 €)

2.- La cuota trimestral que corresponde al Colegio en que se solicita el ingreso: Colegiados Ejercientes 100,00 € y Colegiados No Ejercientes 50,00 €.

3.- La Fianza que en su día se determine por el Colegio.

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